¿Cómo actualizar el buzón tributario?
El paso a paso para actualizar tu buzón tributario
¿Sabías que desde enero de 2020 es obligatorio contar con tu buzón tributario? Si no estás familiarizado con este tema, no te preocupes, aquí te explicaremos el paso a paso y todo lo que necesitas saber.
Primeramente, este requerimiento es forzoso para las empresas y personas físicas. Se les solicita mantener su buzón tributario activo y actualizado, a través de un correo electrónico registrado. Esto es muy importante, ya que de lo contrario no podrás solicitar servicios ni realizar tu solicitud de devolución de impuestos.
Además, tener tu buzón actualizado te brinda grandes beneficios
- Estarás al día con tus obligaciones tributarias
- Siempre tendrás claridad, ya que es la vía oficial de comunicación con el fisco
- Evitarás multas y sanciones de hasta $9,000 MXN
IMPORTANTE: Es importante que des de alta un correo electrónico y un número de teléfono móvil en la plataforma del SAT.
A continuación te detallamos el paso a paso para actualizar tu buzón tributario del SAT:
1.- Deberás tramitar firma electrónica o contraseña en el portal del SAT (si ya cuentas con estos datos, omite este paso).
2.- Ingresa al portal del SAT y da clic en el botón que dice “Buzón Tributario”.
3.- Accede a tu cuenta con la información solicitada.
4.- Después, en “configuración” te aparecerá un formulario donde podrás ingresar tus datos de contacto, como tu correo electrónico y un número de teléfono móvil, y guardar tu información.
5.- Cuando se haga la confirmación del correo, deberás imprimir el acuse de recibo, que te servirá como respaldo para comprobar que has realizado el trámite.
6.- Al confirmar tu correo, el sistema lo dará de alta automáticamente y quedará registrado como medio de contacto para el buzón tributario.
7.- Si no has recibido el correo, te sugerimos buscar en tu carpeta de “Spam”.
8.- Si prefieres que sea mediante tu número de teléfono, el SAT te enviará un código a tu número registrado. Este código tendrás que ingresarlo en el formulario de “Medios de contacto”.
9.- Se confirmará el número registrado y al corroborarlo el sistema te indicará que ya quedó este medio de contacto.
10.- Contarás con 72 h, como máximo, para finalizar tu trámite, de lo contrario este proceso caducará y tendrás que empezar desde 0.
11.- Puedes actualizar, modificar o eliminar tu información en cualquier momento.
¡Y listo! Tendrás todo en orden y como lo dicta la ley.
SAT: Cómo actualizar el buzón tributario (eluniversal.com.mx)